SAN CAYETANO

El Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires colocó jornadas no laborables. A través de la firma del Decreto Nº 2164/25, el Partido de Salto adhirió a la resolución para efectivizar un feriado el día 7 de agosto en la localidad de Berdier. El propósito es conmemorar las festividades de su Santo Patrono, San Cayetano.

Las características de la jornada no laborable dada por el Gobierno provincial y municipal presentan distintas aplicaciones según el sector: La fecha rige como un día no laborable de manera estricta para la Administración Pública.

El asueto aplica para todos los trabajadores y dependencias del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

La jornada es considerada como un feriado optativo para las áreas de la Industria, el Comercio y las restantes actividades productivas desarrolladas en la localidad de Berdier.

El asueto del 7 de agosto por festividad patronal también rige de forma oficial para el partido bonaerense de San Cayetano.

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