La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sacó la reglamentación del régimen de registración de contratos de locación de inmuebles previsto en la nueva Ley de Alquileres que se aprobó a mitad del año pasado, con la idea de "verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales" previstas para este tipo de operación.
El organismo difundió en el Boletín Oficial la Resolución General N° 4933, que se adapta a lo dispuesto por el artículo 16 de la ley N° 27.551 que establece que aquellos contribuyentes que asuman el carácter de locadores o arrendadores en los contratos quedan forzados a la registración de la operación.
El Régimen de Registración de contratos de Locación de Inmuebles empezará a regir a partir del 1° de marzo, por lo que los contratos celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que estén vigentes, así como aquellos cerrados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril de 2021, inclusive.