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Luego de que la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, avisara que Argentina entrará en una etapa denominada "protección en progreso", la cual durará hasta el 1 de octubre, se oficializó cuáles serán los pasos a seguir a partir de este sábado.
En un principio, desde el Gobierno señalaron que los parámetros para definir situaciones de alarma epidemiológica y sanitaria, en aglomerados urbanos de más de 300.000 habitantes, son los siguientes
La ocupación de camas totales de terapia intensiva sea superior al 80 por ciento.
La variación porcentual del número de pacientes internados en UTI por covid-19 de los últimos siete días, respecto de los siete días anteriores sea superior al 20 por ciento.
Continúan en vigencia las medidas de cuidado individual como la distancia mínima de 2 metros entre personas, el uso de tapabocas, la ventilación de los ambientes en forma adecuada y constante, y la higiene frecuente de las manos.
En espacios cerrados:
La práctica de deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos; y las actividades realizadas en cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70 por ciento.
La asistencia a centros de día y clubes de adultos mayores con un aforo del 70% cuyos asistentes cuenten con el esquema completo de vacunación contra la covid-19, y hayan transcurrido 14 días desde entonces.
Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas si se realizan en espacios interiores, y de hasta 20 personas si se realizan al aire libre.
En espacios abiertos:
La realización de excursiones y actividades turísticas de acuerdo a los protocolos y normativa vigente, que se efectúen exclusivamente en transportes que permitan mantener ventilación exterior adecuada de manera constante y cruzada.
Las reuniones y actividades en espacios públicos de hasta 100 personas.
La autoridad jurisdiccional podrá disminuir el aforo establecido según los parámetros epidemiológicos y sanitarios.
Viajes grupales:
Las jurisdicciones podrán autorizar la realización de viajes en grupos de hasta 10 personas para actividades recreativas, sociales y comerciales, en tanto tengan como origen y destino aglomerados que no sean considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria; que se realicen en base a los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los últimos 14 días o sean convivientes de quien revista tal condición; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de covid-19 durante los 14 días previos al viaje, ni hayan tenido un diagnóstico positivo de covid-19 en el mismo período.
Clases presenciales:
Se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el país, dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las Resoluciones Nros. 364 del 2 de julio de 2020, 370 del 8 de octubre de 2020, 386 y 387 ambas del 13 de febrero de 2021 del Consejo Federal de Educación, sus complementarias y modificatorias.
Por otro lado, estas son las actividades que se encuentran suspendidas:
Eventos masivos, entendidos como todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual, cuyo objeto sea artístico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentración mayor a 1.000 asistentes.
Reuniones sociales en domicilios particulares de más de 10 personas si se realizan en espacios interiores y de hasta 20 personas si se realizan al aire de libre.
Viajes grupales de egresados jubilados y jubiladas y grupales de estudiantes o similares.
Actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 100 personas.
Actividades en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.Los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales en los lugares bajo su jurisdicción.