REFORMA LABORAL

La Justicia federal paró dos artículos de la reforma laboral que alteraban la responsabilidad de los abogados por los montos reclamados en los juicios y las condiciones de cobro de sus honorarios, al aprobar una medida cautelar contra órdenes de la Ley de Modernización aprobada por el Congreso por iniciativa del Poder Ejecutivo.

El juez Martín Cormick, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, hizo lugar al pedido del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) contra los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802, impulsada por el gobierno de Javier Milei

El freno tendrá vigencia durante tres meses o hasta el dictado de una sentencia definitiva, si esta se produce antes. La resolución no declara la inconstitucionalidad de las normas, una cuestión que continúa pendiente en el expediente.

Uno de los puntos del fallo, es la posibilidad de que un abogado deba responder con su patrimonio por las costas de un juicio cuando el monto pedido en la demanda supere lo reconocido judicialmente.

El artículo 10 incorporó a la Ley de Contrato de Trabajo un criterio objetivo de sobreestimación de los créditos para determinar la existencia de “pluspetición inexcusable”, una figura que permite imponer las costas solidariamente al trabajador y al profesional que lo representa.

Cormick consideró que esa alteración provoca incertidumbre y que la diferencia entre la suma reclamada y la concedida en una sentencia no basta, por sí sola, para determinar la responsabilidad del abogado.

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